La homologación corresponde a la equiparación de un título obtenido en el extranjero con un título español vigente en los niveles de grado o máster que dé acceso a una profesión regulada en España, como es la docente. Este procedimiento de homologación es competencia exclusiva del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Dicha homologación comportará a los estudiantes extranjeros que la obtengan la posibilidad de ejercer la profesión regulada en cuestión en las mismas condiciones que los poseedores de los títulos españoles que habiliten para ello.
La homologación de estas titulaciones superiores obtenidas en el extranjero puede solicitarse siempre y cuando los estudios que se quieran homologar estén completamente implantados en alguna universidad española en el momento de la solicitud de homologación.
Cuando se detecten carencias en la formación acreditada en el país extranjero en relación a la formación exigida para obtener el título español correspondiente, el proceso de homologación puede conllevar la realización de complementos formativos (prueba de aptitud, periodo de prácticas, realización de cursos, etc.) durante los siguientes cuatro años, que serán indicados en la resolución. Cada expediente se estudia y evalúa de manera particular, para ofrecer soluciones ajustadas a las condiciones de cada una de las personas solicitantes.